mercredi 10 décembre 2014

NUESTRA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Para efectos de la nacionalidad española, el Ministerio de Justicia del Reino de España ha decretado que Puerto Rico es un país iberoamericano y que por lo tanto, los nacidos en la Isla no tienen que renunciar a la ciudadanía de EE.UU. para obtener la española, por lo cual pueden quedarse con ambas. Esto no aplica para los nacidos en los EE.UU. continentales aunque sean de ascendencia puertorriqueña.

La Carta Autonómica no concedió la ciudadanía puertorriqueña ni la soberanía pues compartíamos la de todos los españoles.Un ciudadano español de nacimiento no pierde su ciudadanía, de manera que aquellos que en 1898 lo eran continuaron siéndolo e igual sus descendientes, POR SANGRE y mientras no renuncien a esa nacionalidad. ya que nuestra Constitución establece que: “Son españoles los hijos de españoles o los nacidos en territorio español”. Nadie puede quitarle la ciudadanía a un español ni tampoco el Congreso de los Estados Unidos.

"Y habremos de hacer hincapié en UN DERECHO que tenemos todos los puertorriqueños, los que provenimos de aquellos cuyos antepasados ya lo eran en o antes de la invasión de 1898. En algún momento habrá que incidir en este reclamo que NO ES PEDIR la nacionalidad SINO EXIGIR el acceso al Registro Civil y poder anotarnos allí como españoles por ser descendientes de españoles." 

En España se ha pasado una ley para otorgarle a los descendientes de judíos sefarditas expulsados injustamente en el 1492 la ciudadanía española, Y definitivamente lo justo sería darle esa misma opción a los que no tuvieron otra opción que aceptar la imposición de la colonia por parte de EE.UU. sin reivindicar y hacernos valer, tanto España como los EE.UU. la ciudadanía española ya obtenida. Quedamos desvinculados de nuestro sentido de pertenencia a la Nación Española quedando apátridas sin dejar suelo español. Además, los residentes de Puerto Rico entre 1898 a 1917 estaban en un limbo ciudadano, no fueron elegibles para ciudadanía americana (estadounidense) hasta el 1917. Eran Isleños, gente de Puerto Rico entre esos 19 años, ya que la ciudadanía puertorriqueña no existía, ni existe.

Recuerden, nosotros fuimos separados de España como botín de guerra, nadie puede dudar de eso. ¿Por qué habría de haber inconveniente alguno para que a los descendientes de españoles de una provincia española, que hasta hace 116 años pertenecía al Reino de España y arrebatada por la fuerza, como es el caso de Puerto Rico, no gocen de igual privilegio? Además de que es de lógica aplastante que al igual que 3,500,000 de descendientes puedan optar por la nacionalidad española, así mismo lo puedan hacer los 9,000,000 de puertorriqueños, que reúnan las condiciones para ello.

*(Juan Cancio Ortiz de la Renta y Lugo y otras aportaciones de comentarios)

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