Las Cortes en "El Acta Habilitante" delegan (Gobierno) en la Reina Regente, Maria Cristina y en Praxedes Mateo Sagasta" la potestad de negociar y firmar un tratado de Paz con los Estados Unidos donde por demás taxativamente se podía ceder propiedades públicas y tierras soberanas. Jamás se autorizo a negociar nacionales españoles. Esa extralimitación del Acta habilitante requería ser refrendada por las Cortes para tener validez y estado jurídico. Las Cortes se negaron rotundamente a la petición. Los negociadores españoles, nunca “Las Cortes”, ante la coacción de ultimátum de 24 horas norteamericano de tomar militarmente Las Islas Canarias y cañonear cualquier plaza española, se vieron obligados a ceder a la ley del garrote, para evitar mayores derramamientos de sangre.
MOTIVOS DE NULIDAD
CONCLUSION:
1- El Tratado no fue Ratificado en cuanto a su extralimitación
2- Fue firmado bajo coacción
3- Los habitantes de las tierras cedidas nunca fueron consultados.
ES NULO DE TODA NULIDAD
MOTIVOS DE NULIDAD
- La extralimitación tenía que ser refrendada en Corte y nunca lo fue. Los naturales eran nacionales y ciudadanos españoles de pleno derecho.
- En cuanto a la Soberanía mediante El Real Decreto Autonómico para Cuba y P.R. España tenía, si a caso, un poder soberano compartido, pues la soberanía final quedaba en manos de las cámaras legislativas insulares.
- Los naturales de las islas tenían que ser consultados y participes, Ya Inglaterra había establecido en el “derecho internacional público y privado” en Nueva Zelanda el “derecho de gentes” aun con los nativos. Y esas eran las pautas vigentes en las relaciones inter-pueblos. Mejor prueba los tratados norteamericanos con sus indígenas, Sioux, Apaches, Navajos, Pueblo, Seminoles. etc.
CONCLUSION:
1- El Tratado no fue Ratificado en cuanto a su extralimitación
2- Fue firmado bajo coacción
3- Los habitantes de las tierras cedidas nunca fueron consultados.
ES NULO DE TODA NULIDAD
por: J. Conde
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